Mediaset también supera el tiempo a mensajes publicitarios y de televenta.
La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha abierto un expediente sancionador contra Radio Televisión Española por superar presuntamente el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones y a Mediaset por superar el tiempo máximo de emisión dedicado a la autopromoción, los mensajes publicitarios y a la televenta.
En el caso de RTVE, habría vulnerado el artículo 13.2 de la Ley General Audiovisual (LGCA) en La 1, La 2, Teledeporte, 24 Horas y Clan TV durante los meses de noviembre de 2018 y febrero de 2019. Esta ley establece que: “Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen el derecho a emitir programas que informen sobre su programación o anuncios de sus propios programas. Estos programas y anuncios no se considerarán comunicación comercial a los efectos de esta Ley. No obstante, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj”.
Por su parte, Mediaset habría incumplido la misma ley en Cuatro, Energy, Divinity y Telecinco durante los meses de diciembre de 2018 y enero y febrero de 2019. Además, el grupo de Fuencarral también a incumplido el artículo 14.1 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural